GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, PATRIMONIOS, FOLKCLORE Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN:
Por: JUAN E. PRADES BEL, “Crónicas”, “Humanidades”,
(Proyecto: “ESPIGOLANT CULTURA": Taller de historia, memorias y
patrimonios).
(Sinopsis): RECORDAR TAMBIÉN ES VIVIR…
"EL ANTIGUO PORTAZGO DE BENICÀSSIM, UN PEAJE DE PAGO PARA LOS USUARIOS DE LA CARRETERA REAL EN EL SIGLO XIX".
Escribe:
JUAN EMILIO PRADES BEL.
INTRODUCCIÓN: El termino "Portazgo" define y reporta a un derecho, tasa, arancel, impuesto, contribución o gravamen antiguo que se pagaba por pasar por un paraje, sitio o una zona determinada por usar y mover mercancías por los caminos o carreteras del país. (La real Academia Española, define “Portazgo” como: 1. m. Derechos que se pagan por pasar por un sitio determinado de un camino. 2. m. Edificio donde se cobra el portazgo). Los Portazgos eran una serie de antiguos impuestos de naturaleza indirecta cuyos pagos se diversificaban por categorías y gravaban los derechos de tránsito y paso de mercancías, estos impuestos del Portazgo existieron en España y eran similares a los impuestos de los caminos del resto de los países de Europa, impuesto desde la edad media hasta finales del siglo XIX (año 1881), los importes recaudados eran destinados en gran medida para la construcción, reparación y mantenimiento de los caminos medievales y feudales y de las carreteras reales a partir de la época de la Ilustración, cuyo importe lo satisfacían los usuarios que iban de camino. En el siglo XX y en la actualidad del siglo XXI, lo más similar al portazgo es el peaje que se hace pagar a los vehículos rodados que afrontan un pago obligatorio por utilizar los firmes de algunas carreteras interurbanas y autopistas de España, este tipo de peaje de pago puede considerarse el heredero directo del antiguo real portazgo, pero con la salvedad que ahora el pago se aplica únicamente al propio vehículo, y antiguamente se pagaba también por la carga y por los viajeros en caso de ser diligencias. Un portazgo, también era, se refería y se denominaba al propio edificio, oficina, caseta o casilla del propio peaje donde se pagaba el portaje (Exención del Real Portazgo) al pasar por ese lugar se evaluaba lo transportado o el propio transporte y con la valoración se hacia el pago por el tramo del camino utilizado, estas casillas de cobro del impuesto de paso, estaban construidos al borde mismo de los caminos y las carreteras nacionales, y preferentemente estaban ubicados en las bifurcaciones de los viales. Los impuestos recaudados se dedicaban para subvencionar la construcción, la mejora, la seguridad del camino y el mantenimiento de la red de viales y caminos estatales (anteriormente feudales). Con la llegada de la Ilustración Española, se intentó organizar la gran variedad de impuestos y portazgos existentes a lo largo de los caminos españoles, y trataron de emplear dichos fondos exclusivamente para financiar en los siglos XVIII y XIX la construcción y el mantenimiento de la red española de carreteras, cuyo pago y sustento se basó en los fondos obtenidos de los portazgos y en otros arbitrios especiales, entre los que destacó el impuesto de dos reales por cada fanega de sal.
EXPOSICIÓN: Esta
comunicación trata de rememorar la historia y las memorias del patrimonio
material, cultural y etnográfico que a sido parte y vida de los antiguos
caminos y carreteras generales de la España del siglo XIX; en esta ocasión este monográfico va
dedicado a la casilla de Exención del Portazgo de Benicasim en la provincia de Castellón, que estaba
situado al paso de la carretera real de Valencia a Barcelona junto a la costa litoral, es posible que su ubicación estuviese cerca de la curva de la carretera, junto al actual hotel "Voramar", con este artículo trato de recuperar la
memoria de la existencia de este edificio estatal y el topónimo "Portazgo" muy usado a lo largo del siglo XIX, del cual citare algunas reseñas de
intentos de arriendo y otros documentos varios, que vienen a confirmar la existencia y
el emplazamiento de la edificación de exención de este portaje.
DOCUMENTOS
APORTADOS AL ESTUDIO:
AÑO
1841. EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: Dirección general de
Caminos, Canales y Puertos.- Arrendamiento de los portazgos que se expresan. Gaceta
de Madrid: núm. 2506, de 27/08/1841, página 3. Departamento: Ministerio de
Comercio, Instrucción y O. Públicas. Textos: “La dirección general de Caminos
ha acordado sacar á pública subasta el arrendamiento por dos años del portazgo
de Benicasi, bajo la proposición hecha de 189 reales de vellón anuales; y
ha señalado para el primer remate el día 9 del próximo Setiembre á las doce de
su mañana en la sala de la misma. Las personas que quieran entelarse de las
condiciones, arancel y garantías que han de prestar los licitadores en el acto
del remate, acudirán á la escribanía principal del ramo sita en el piso bajo de
la casa de correos, donde estarán de manifiesto.
AÑO 1851. EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: SERVICIOS PRESTADOS POR EL CUERPO DE LA GUARDIA CIVIL Y EL DE CARABINEROS”. Gaceta de Madrid: núm. 6163, de 29/05/1851, páginas 3 a 4.
SERVICIOS DEL CUERPO DE CARABINEROS: En 11 del
corriente (mayo de 1851) volcó en las aguas frente al portazgo de Benicasí,
provincia de Castellón, una barca de pareja de las que se dedican á la pesca
del bou, su patrón Ramón Ribas. Al momento que vio esta desgracia el cabo de la
falúa de aquella comandancia Donato Bacas, situado en la torre de San Vicente,
marchó, acompañado de tres carabineros de la misma arma, en socorro de aquella,
consiguiendo, en unión con la compañera de la volcada, remolcarla hasta cerca
de tierra y salvar la tripulación, que se manifestó sumamente reconocida.
AÑO 1845. EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: Gaceta de Madrid: núm. 4035, de 01/10/1845, página 4. Departamento: Ministerio de Comercio, Instrucción y Obras Públicas.
AVISOS. DIRECCION GENERAL DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS. Esta dirección general ha señalado el día 31 del presente mes (octubre de 1845) a las doce de su mañana en la sala de la misma, y en la ciudad de Barcelona ante el Sr. gefe político, para el primer remate del arrendamiento por dos años del portazgo de Caldetas en la cantidad menor admisible de 78,000 reales anuales.
También
se verifica en dicho día (31 de octubre de 1845) en el propio sitio, y en la
ciudad de Castellón de la Plana ante el Sr. gefe político, el primer remate del
arrendamiento por dos años de los portazgos de la Magdalena en la cantidad de
30,000 reales, y el de Benicasim en la de 36,000. Las condiciones, aranceles y
demás estarán de manifiesto en la portería de la expresada dirección general.
AÑO 1845. EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: Dirección general de caminos, canales y puertos. Arriendo por dos años de los siguientes portazgos. Gaceta de Madrid: núm. 4077, de 12/11/1845, página 4. Departamento: Ministerio de Comercio, Instrucción y O. Públicas. AVISOS. DIRECCION GENERAL DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS. Esta dirección general ha señalado el día 13 de Diciembre próximo á las doce de su mañana en la sala de la misma , y en Castellón de la Plana ante el Sr. gefe político, para el segundo y último remate del arrendamiento por dos años de los portazgos siguientes: Almenara en la cantidad de 50,120 reales; La Magdalena en 30,280 reales; Benicasin en 36,000 reales. Las condiciones, aranceles y demás estarán de manifiesto en la portería de la expresada dirección general.
AÑO 1859. EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: Dirección general de caminos, canales y puertos.- Remates del arrendamiento y construcción que se expresan. Dirección general de obras públicas. Adjudicación en pública subasta de los acopios de materiales para conservación y reparación de las carreteras mencionadas. Gaceta de Madrid: núm. 24, de 24/01/1859, página 1. Departamento:
MINISTERIO DE FOMENTO. Con arreglo á lo dispuesto en la Instrucción de 1.° de Diciembre último, el Gobernador de la provincia de Castellón ha señalado el día 6 de febrero próximo para la adjudicación en pública subasta de los acopios de materiales para conservación y reparación de las carreteras de primer orden de la expresada provincia. Lo que se avisa al público; advirtiendo que las carreteras, trozos y presupuestos a que ha de referirse la subasta son los que se expresan en la nota que se inserta á continuación, y que en el Ministerio de Fomento se hallarán de manifiesto los presupuestos detallados y los pliegos de condiciones que han de regir en las contratas.
Madrid 22 de Enero de 1859.= El Director general, José Francisco de Uría.
NOTA DE LAS CARRETERAS, TROZOS Y PRESUPUESTOS Á QUE SE REFIERE EL ANUNCIO ANTERIOR:
Núm. De Orden /….Reparación: Desde el portazgo de Benicasim hasta la Venta de los Frailes, 53.360 Reales Vellón.
Núm. De Orden /….Reparación: Desde la Venta de los Frailes hasta el Collado de Alcalá, 48.485 Reales Vellón.
Núm.
De Orden / 3.°…. Reparación: Desde el pie del Collado hasta Alcalá, 32.068
Reales Vellón.
Núm. De Orden 4 .° .... Reparación: Desde Alcalá de Chivert hasta el término de Peñíscola, 40.707 Reales Vellón.
AÑO 1847. EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: Dirección General de Obras públicas.- Remates de los arriendos de los portazgos que se citan. Gaceta de Madrid: núm. 4765, de 01/10/1847, página 2. Departamento: Ministerio de Comercio, Instrucción y Obras Públicas:
DIRECCION GENERAL DE OBRAS PUBLICAS. Esta dirección general ha señalado el día 29 de Octubre próximo á la una de su mañana en la sala del tribunal de comercio, sito en la plazuela de la Leña, y en la provincia de Valencia ante el Sr. Jefe político, para el primer remate del arriendo del portazgo de Benicasin por el tiempo de dos años y la cantidad menor admisible de 37,820 reales en cada uno. Las condiciones, aranceles y demás estarán de manifiesto en la portería del ministerio de Comercio, Instrucción y Obras públicas, y en la secretaría del expresado gobierno político. Madrid 29 de Setiembre de 1847.— G. Otero.
AÑO
1851. EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: El Heraldo (Madrid. 1842).
26/9/1851, página 3. CARRETERA GENERAL VALENCIA-BARCELONA: “Por fin se ha procedido a
recomponer el pedazo de la Carretera general de Barcelona, que se encuentra
inmediata al portazgo de Benicasim y al sitio en que ocurrió la catástrofe de
la diligencia en la noche del 12 al 13 de este mismo mes en el año pasado. La
vía se ha ensanchado, variándola de dirección para hacer la subida más suave, y
la pared que sostiene el camino en la orilla del mar se está reconstruyendo,
con lo cual se evitarán los peligros que en esta parte ofrecía la carretera.”
ADDENDA:
ADICIONES Y COMPLEMENTOS SOBRE LAS TEMÁTICAS Y MOTIVOS REFERIDOS Y CITADOS EN
EL ARTÍCULO. (POR JUAN E. PRADES):
LOS
PORTAZGOS EN EL SIGLO XIX: La ley de 3 de mayo de 1823 abolió el
derecho de portazgo. La real orden de 10 de diciembre de 1861 aprobó una
instrucción para su restablecimiento. La ley de presupuestos de 1 de junio de
1869 los volvió a suprimir y la del 11 de julio de 1877, con el fin de
conseguir recursos para la construcción de nuevas carreteras, restableció de
nuevo los portazgos. La ley de 31 de diciembre de 1881 suprimió este tributo
definitivamente y también el de pontazgo y barcaje.
CONCLUSIONES:
(CONTINUARA)
"Venta de Benecasi", 1824, "Vistas en España", Edward Hawke Locker. |